A.C.C. ha admitido su culpabilidad por abusos sexuales a dos menores en Puertollano, enfrentando una condena de seis años de prisión. Además, deberá indemnizar a los niños con 8.000 euros cada uno y no podrá acercarse a ellos durante diez años tras cumplir su pena.
A.C.C., el individuo señalado por haber cometido abusos sexuales contra los hijos menores de sus vecinos en Puertollano, quienes contaban con 13 y 10 años en el momento de los incidentes, ha admitido su culpabilidad. Como resultado, enfrentará una condena de seis años de prisión por dos delitos de agresión sexual.
El hombre ha admitido haber cometido abusos, dirigiéndose inicialmente hacia la niña, quien contaba con 10 años y presentaba una discapacidad psíquica del 48% en el momento de los hechos. Durante este tiempo, le realizó tocamientos en sus zonas íntimas.
El hombre ha admitido esto ante la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Ciudad Real, después de alcanzar un acuerdo que reduce la solicitud inicial de pena de once años de prisión presentada por la Fiscalía. Al aceptar los hechos, la condena se ha establecido finalmente en seis años.
Asimismo, ha reconocido que, tras la agresión a la niña, intentó agredir a su hermano. Sin embargo, el niño consiguió liberarse y alertó de inmediato a su madre, quien procedió a presentar la denuncia pertinente ante la Policía Nacional.
La abogada de los menores, Concha Marín, ha comentado que, en las semanas anteriores a los incidentes, el hombre logró ganar la confianza tanto de los menores como de su madre. En varias ocasiones, se ofreció para llevar o recoger a los niños del colegio y también para llevarlos a su casa con el propósito de "jugar".
Después de admitir los hechos, A.C.C. enfrentará una condena de seis años de prisión por haber cometido dos delitos de agresión sexual contra menores de 16 años. Además, se le ordenará indemnizar a cada uno de los menores con 8.000 euros por los daños morales ocasionados.
Asimismo, tras haber cumplido su condena de prisión, el individuo no tendrá permitido acercarse a los menores ni establecer comunicación con ellos durante un lapso de diez años. Además, se le inhabilitará por un periodo de 15 años para llevar a cabo trabajos o actividades que impliquen un contacto regular y directo con personas menores de edad.