El 11 de diciembre, la Audiencia Provincial de Toledo juzgará a E.R.A.M. por estafar aproximadamente 45.000 euros a M.M.L., un hombre con disfunción cerebral bajo su cuidado. Se le acusa de retirar dinero sin autorización, aprovechando la confianza y vulnerabilidad de la víctima entre 2011 y 2019.
El próximo miércoles 11 de diciembre, la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Toledo llevará a cabo el juicio contra E.R.A.M., quien enfrenta acusaciones por un delito continuado de estafa. Se le imputa haber sustraído una suma aproximada de 45.000 euros de M.M.L., un hombre con una disfunción cerebral que estaba bajo su cuidado, sin contar con la autorización de la víctima para dichas transacciones.
En el documento presentado por la Fiscalía, se menciona que M.M.L experimentó un accidente de tráfico a la edad de veinte años. Este incidente le causó una disfunción cerebral, lo que ha resultado en que no haya podido salir de su hogar durante un extenso periodo, limitando así su contacto con el mundo exterior y las relaciones sociales.
En el mes de septiembre de 2011, al inicio del mismo, se estableció contacto con la acusada E.R.A.M. mediante un medio que no ha sido identificado. El propósito de esta comunicación era solicitar que ella ofreciera sus servicios en el hogar, encargándose del cuidado de M.M.L., quien residía solo, así como de llevar a cabo las tareas domésticas requeridas en la vivienda.
Debido a que M.M.L. nunca abandonaba su hogar, se le permitió a la acusada realizar ciertas retiradas de dinero de su cuenta corriente. Esto se llevaba a cabo mediante el uso del cajero automático, utilizando la tarjeta de crédito o la libreta que pertenecía a M.M.L.. Para ello, ella le proporcionó el número PIN y las claves necesarias. Sin embargo, esta autorización estaba restringida únicamente a la extracción del sueldo acordado de 600 euros, que la acusada debía retirar mensualmente. Además, también se incluían los gastos personales y de alimentación de M.M.L., así como otros gastos relacionados directamente con las tareas domésticas que la acusada tenía asignadas en el hogar.
La acusada, impulsada por el deseo de conseguir un enriquecimiento patrimonial ilícito, estaba al tanto de la enfermedad que sufría M.M.L.. Aprovechándose de su sugestionabilidad y de su temor a salir de casa, así como de la confianza que M.M.L. había depositado en ella debido a la relación que mantenían, tomó la decisión de incorporar a su propio patrimonio una considerable suma de dinero que pertenecía a M.M.L., sin haber recibido autorización para ello en ningún momento.
Con la ventaja de tener acceso completo a la tarjeta o libreta de M.M.L., la acusada inició operaciones en el cajero automático. Así, realizó extracciones de dinero de manera periódica, sin contar con la autorización ni el conocimiento de M.M.L.. Los fondos obtenidos se destinaron a intereses y fines personales de la acusada o de sus familiares, todo ello sin que la víctima tuviera sospecha alguna.
La situación mencionada se extendió hasta febrero de 2019, momento en el cual, debido a la intervención de los familiares de M.M.L., se cesaron los servicios prestados en su domicilio.
Según lo indicado por la Fiscalía, se constató que incluso transfería sumas de dinero provenientes de fondos de inversión que pertenecían a su cuenta corriente. De esta manera, lograba aumentar su capacidad económica. Además, en ocasiones específicas, utilizaba su tarjeta de crédito para efectuar compras en diversos comercios o restaurantes.
La acusada, mediante la conducta que se ha mencionado, consiguió apropiarse de manera gradual, durante el tiempo en que ofreció sus servicios domésticos a M.M.L., de una suma cercana a 45.000 euros, la cual no ha restituido a su legítimo propietario.