El Gobierno de Castilla-La Mancha abonará anualmente 375.000 euros al Ministerio de Hacienda por atribuir al Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales la competencia para la tramitación y resolución de los recursos especiales en materia de contratación,
las reclamaciones en los procedimientos de adjudicación de los contratos, las solicitudes de adopción de medidas provisionales y las cuestiones de nulidad.
Así consta en la resolución la Secretaría General de Hacienda y Administraciones Públicas, que publica este miércoles el Diario Oficial de Castilla-La Mancha y recoge Europa Press, por la que se dispone la publicación del convenio de colaboración suscrito el pasado 24 de septiembre entre el Ministerio de Hacienda y la comunidad autónoma de Castilla-La Mancha, sobre atribución de competencias de recursos contractual.
En base a dicho convenio también se someterán al conocimiento y resolución del Tribunal los actos de aquellos entes, organismos y entidades que tengan la consideración de poder adjudicador, que se integren en el sector público institucional de la Comunidad Autónoma, o ciudad autónoma, o de las corporaciones locales de su ámbito territorial, incluso aunque no tengan la condición de Administración Pública.
Igualmente estarán atribuidos a la competencia del Tribunal las reclamaciones, solicitudes de medidas cautelares y cuestiones de nulidad interpuestas con relación a actos adoptados por las entidades contratantes integradas en el sector público institucional.
GASTOS POR SERVICIO
Según reza el convenio, que contempla que la presentación del recurso, cuando se haga directamente ante el Tribunal, deberá realizarse por vía electrónica, en compensación por la asunción por el Tribunal de la competencia para resolver los recursos y cuestiones de nulidad interpuestos, la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha satisfará al Ministerio de Hacienda una cantidad fija anual de 37.500 euros. Asimismo, se satisfará una cantidad adicional de 375 euros por recurso resuelto, a partir de un número mínimo de 75 recursos.
El presente convenio producirá efectos desde el momento de su publicación en el Boletín Oficial del Estado, previa publicación en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal, y tendrá una duración de cuatro años.
ÓRGANO DE SEGUIMIENTO
Para el seguimiento, vigilancia y control de lo dispuesto en las cláusulas de este convenio se constituirá una Comisión Mixta, que adoptará las medidas precisas para la eficaz práctica de los trámites de remisión de los informes, de los expedientes administrativos y de las comunicaciones que deban cursarse entre los órganos de la Comunidad Autónoma y el Tribunal y proponer los que se refieran a las comunicaciones entre éste y los órganos de aquella.
De igual modo, tendrán que analizar los datos relativos al coste de la asunción de competencias por parte del Tribunal a fin de proponer el importe de la cantidad a satisfacer por este concepto, así como proponer los problemas de interpretación y cumplimiento que puedan plantearse respecto de los convenios.
La Comisión estará integrada por dos vocales, uno de ellos en representación del Ministerio de Hacienda, que será el secretario del Tribunal, y el otro designado por la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas de la Comunidad Autónoma, correspondiendo la Presidencia alternativamente a cada uno de ellos por periodos de un año. La Comisión se reunirá como mínimo una vez al año, o siempre que lo solicite una de las partes.