La ley 25/2013 de impulso de la factura electrónica modifica la regulación de la facturación por los servicios
y suministros prestados a las administraciones públicas.
El objetivo de la implantación de la factura electrónica es hacer efectivas las múltiples ventajas que se derivan de las mismas en relación con los sistemas de facturación en el soporte tradicional. Entre éstas pueden destacarse la reducción de tiempos y costes de envío , la posibilidad de generación automática de las facturas , la reducción de plazos en la tramitación tanto en la empresa como en la administración.
La propia ley determina que a partir del día 15 de enero de 2015 los proveedores de las administraciones públicas deberán facturar obligatoriamente en formato electrónico, salvo que se trate de personas físicas (artículo 4)
La Diputación de Albacete se ha adherido al Punto General de Entrada de Facturas Electrónicas, donde deberá presentar, telemáticamente sus facturas electrónicas https://face.gob.es/
Con carácter general los códigos que deben contener las facturas electrónicas que se remitan a la Diputación Provincial de Albacete serán:
Oficina Contable LA0000500
Organo Gestor LA0000500
Unidad Tramitadora GE0000211
Además puede encontrar información en la web http://www.facturae.gob.es/ y resolver sus dudas en el teléfono especial habilitado por la entidad pública Red.es para PYMES (900-900-555)
También puede comunicarse con los servicio de la diputación para resolver sus dudas mediante correo electrónico en administracion.electronica @dipualba.es