Castilla La-Mancha

Un jurado popular debe juzgar a un hombre acusado de matar a su hermano y a su cuñada embistiéndoles con su coche

Redacción-Europa Press | Viernes 13 de marzo de 2015
Un jurado popular juzgará a un hombre de Campo de Criptana (Ciudad Real), I.M.M., de 43 años de edad, 


que se enfrenta a 30 años de cárcel como acusado de matar a su hermano y a su cuñada cuando circulaban por una carretera cercana a la localidad al embestirles con su vehículo a una velocidad de 164 kilómetros por hora.
El juicio está previsto que se inicie este próximo lunes, día 16 de marzo, y que se prolongue durante toda la semana. El fiscal ha calificado los hechos como dos delitos de homicidios y pide 15 años de prisión por cada uno de ellos, además de una indemnización de 67.000 euros para cada uno de los dos hijos mayores en el momento de los hechos y 167.000 para el tercero, que era menor de edad.
Según recoge el escrito de acusaciones, al que ha tenido acceso Europa Press, el acusado, I.M.M., y su hermano, A.M.M., que regentaban conjuntamente un negocio familiar, empezaron a tener problemas por este tema, lo que afectó a las relaciones entre las familias e, incluso, el procesado llegó a montar otra empresa que hacía la competencia a la primera.
Conocedor el acusado de que su hermano y su cuñada, P.G.M-Q., todas las tardes visitaban una finca que tenían en la carretera N-420 entre Campo de Criptana y Pedro Muñoz, sobre las 16.30 horas del 2 de mayo de 2013, se apostó en ella con su vehículo en la carretera y esperó a que pasaran.
Cuando lo hicieron, inició una persecución del vehículo de la pareja a gran velocidad, algo de lo que ellos se dieron cuenta, llamando la mujer, hasta en dos ocasiones, a uno de sus hijos contándole que el acusado les estaba persiguiendo a gran velocidad.
En un momento dado, en una larga recta, el acusado aceleró el coche hasta ponerlo a 164 kilómetros por hora, embistiendo al otro vehículo, sacándolo de la carretera y desplazándolo unos 70 metros.
A consecuencia del impacto, el hermano falleció inmediatamente por una parada cardiorespiratoria por un traumatismo torácico y un traumatismo craneoencefálico grave. La mujer también murió al instante de una parada cardiorrespiratoria tras sufrir un traumatismo craneoencefálico severo.
Según el escrito de acusaciones, el hombre, en el momento de los hechos, no padecía patología física o psiquiátrica alguna ni otras circunstancia que provocará una modificación de sus capacidades cognitivas o volitivas.