Así consta en la resolución de dicha Dirección General que publica el Diario Oficial de Castilla-La Mancha y recoge Europa Press, en la que se indica que podrán acceder a estas subvenciones las personas propietarias o usufructuarias de viviendas, de edificios de viviendas y de las viviendas de esos edificios, así como las personas físicas arrendatarias cuando se den las circunstancias establecidas en el apartado segundo.
También las administraciones públicas y los organismos y demás entidades de Derecho Público, así como las empresas públicas y sociedades mercantiles participadas, íntegra o mayoritariamente por las Administraciones Públicas, propietarias de las viviendas.
Las comunidades de propietarios o las agrupaciones de comunidades de propietarios; las sociedades cooperativas de viviendas integradas por socios cooperativistas que precisen alojamiento para sí o sus familiares o personas propietarias, así como empresas constructoras, arrendatarias o concesionarias de los edificios podrán concurrir de igual modo a las subvenciones.
La cantidad máxima de estas ayudas, cofinanciadas con cargo a fondos estatales y autonómicos y correspondientes al Plan Estatal de Acceso a la Vivienda 2022-2025, es de 11.956.350 euros --6.016.225 euros anualidad 2024 y 5.940.125 anualidad 2025--.
No obstante, la concesión de las ayudas queda sometida a la condición suspensiva de existencia de crédito adecuado y suficiente para financiar las obligaciones derivadas de la presente convocatoria en el Presupuesto de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para el ejercicio 2024 y 2025.