agresión sexual a un niño al que durante 2014 llevó tres veces a su casa y, además de las agresiones, amenazó para que no contara nada a nadie.
La sentencia, dada a conocer hoy por el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha y que no es firme, indica que el condenado, O.M.S., de 30 años, vivía en una casa en Hellín y en la misma calle solía jugar la víctima, nacida en octubre de 2004.
Según el fallo de la Audiencia Provincial, que condena a 9 años de cárcel frente a los 42 que pedía la Fiscalía, la primera violación ocurrió en septiembre de 2014 y recoge que el acusado hizo entrar al menor en la vivienda bajo amenazas, diciéndole: "entra porque si te persigo te voy a matar".
En esa ocasión, el procesado se tumbó sobre el menor aunque no se produjo "acceso carnal", según la sentencia, pero sí amenazó otra vez al niño, diciéndole: "si le dices algo a tu madre te mato".
Con la misma situación, el 11 de noviembre de 2014 tuvo lugar la segunda agresión, y tres días después la tercera, aunque el tribunal sostiene que nunca hubo acceso carnal.
La sentencia da credibilidad al testimonio del menor y sus declaraciones "verosímiles", mientras desacredita la versión exculpatoria que dio O.M.S., que en el juicio alegó que ni siquiera conocía al denunciante.
La sentencia subraya que en el juicio el menor rememoró la "pesadilla" sufrida y dio datos que sólo pudo saber por haber estado en esa casa, como el mobiliario o la disposición de las habitaciones.
Aparte de los nueve años de cárcel por el delito continuado de agresión sexual, la sala de la Sección Segunda de la Audiencia Provincial establece que O.M.S. no pueda comunicar ni acercarse a la víctima durante 10 años y abone 50.000 euros a la familia del menor "por daño moral y perjuicios sufridos".
La Fiscalía pedía 14 años de cárcel por cada delito de agresión sexual, pero el tribunal entiende que hubo un solo delito continuado, no tres distintos.