El juzgado estima parcialmente el recurso interpuesto por la familia de la paciente contra el silencio administrativo ante la reclamación de responsabilidad patrimonial presentada por la familia contra el Servicio de Salud de la región, según la sentencia facilitada por la Asociación del Defensor del Paciente.
La asociación explica en un comunicado que la familia de la paciente recurrió a los tribunales por una "defectuosa" actuación en el hospital Virgen de la Luz de Cuenca, por "el retraso en el diagnóstico y tratamiento de la meningitis que presentaba".
La Asociación del Defensor del Paciente ha indicado que la sentencia reconoce un "un retraso injustificable en la prescripción y administración de tratamiento antibiótico a la paciente" y que "a pesar de que se diagnosticó un shock séptico y se planteó que podría ser una meningoencefalitis en su ingreso, no se le dieron antibióticos hasta dos días después", como tampoco se efectuó un TAC craneal.
La asociación denunció que el retraso en el diagnóstico y tratamiento se produjo por ser en días festivos de Semana Santa.
El tribunal, en la sentencia, aplica la teoría de la pérdida de oportunidad y rebaja en un 50 % la indemnización del cónyuge y los hijos, "por la incertidumbre en el resultado de haber actuado conforme los protocolos y haber pautado el tratamiento indicado".